Municipio Autónomo de Guaynabo

Oficina de Planificación y Ordenación Territorial

Juntas de Comunidad

Juntas de Comunidad file Regresar El Artículo 6.013 de la Ley Número 107-2020 según enmendada del 14 de agosto de 2020, conocido como “Código Municipal de Puerto Rico”, dispone que cada Junta de Comunidad aprobará aquellos reglamentos internos que son necesarios para el funcionamiento. Dicha Junta tiene la función de asesorar al Municipio Autónomo de Guaynabo en lo relacionado con los Planes de Ordenación y con la implantación de los mismos, en la elaboración, revisión y cumplimiento de los Planes de Ordenación y de los Reglamentos y Planes de Ordenación dentro de un área geográfica específica. También vigilarán la implementación y cumplimiento de dichos documentos incluyendo la ejecución de las facultades sobre la ordenación territorial que le sean transferidas al municipio a tenor con este Capítulo de Ordenamiento Territorial, promoverán la participación ciudadana en dichos procedimientos e informarán al municipio de sus recomendaciones. Con el propósito de facilitar la participación real y efectiva de los ciudadanos se hace necesario que los procedimientos de las Juntas de Comunidad sean uniformes y accesibles a todo residente del Municipio Autónomo de Guaynabo. Por ello se ha determinado que todas las Juntas adopten un Reglamento uniforme para regir sus procedimientos. De esta forma se promueve una mejor comprensión por parte de los ciudadanos sobre el funcionamiento de dichos organismos municipales.

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Políticas Públicas

Políticas Públicas file Regresar De acuerdo a la Ley Núm. 107 de 14 de agosto de 2020 (Código Municipal de Puerto Rico), los municipios deben revisar de forma integral el Plan Territorial por lo menos cada ocho (8) años. Este proceso de revisión integral se considera uno de los esfuerzos más importantes para la ejecución de las metas y objetivos municipales. Cabe señalar que el Artículo 6.005 de la mencionada Ley dispone que los Planes de Ordenación cumplan con metas y objetivos dirigidos a promover el bienestar social y económico de la población. Asimismo, deben ser compatibles y armonizar con las políticas públicas y con los planes generales para Puerto Rico y demás municipios, especialmente los municipios colindantes.

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Censo 2020

Censo 2020 file Regresar El Censo de Población y Vivienda es el conjunto de actividades estadísticas destinadas a recoger, recopilar, evaluar, analizar, publicar y difundir características habitacionales de los hogares y datos demográficos, económicos y sociales relativos a todos los habitantes de un País en un momento determinado. Los datos que se utilizaron del Muncipio Autónomo de Guaynabo para realizar los análisis provinieron de la Oficina del Censo de los Estados Unidos, de los años 2010 y 2020. Adicional, algunas tablas se utiliza las Encuesta sobre la Comunidad Estadounidense, estimados a 5 años. Para mayor información puede acceder al siguiente enlace: https://www.census.gov/en.html

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Mapa del CRIM

Mapa del CRIM file Regresar El Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) es una Entidad Municipal independiente de las demás agencias de gobierno. Fue creado mediante la aprobación de la Ley Núm. 80 del 30 de agosto de 1991, según enmendada, como parte del proceso de Reforma Municipal. Asimismo, con la creación del CRIM se delegó a éste, en representación de los Municipios la Administración de la Ley de Contribución Municipal sobre la Propiedad. El CRIM rinde servicios fiscales a favor de los Municipios y tiene la responsabilidad de notificar, tasar, recaudar, recibir y distribuir los fondos públicos provenientes de la contribución sobre la propiedad, el subsidio estatal, fondos provenientes de la Lotería Electrónica y cualesquiera otros fondos que se dispongan por ley para beneficio de los Municipios de Puerto Rico. https://catastro.crimpr.net/cdprpc/

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Mapa de Inundabilidad (FIRM)

Mapa de Inundabilidad (FIRM) file Regresar Los mapas de inundación son una parte importante del Programa Nacional de Seguros contra Inundaciones (NFIP, por sus siglas en ingles), ya que forman la base de las regulaciones del NFIP y los requisitos del seguro contra inundaciones. El programa de mapas de inundación de FEMA se llama los Mapas, Evaluación, y Planificación de Riesgos, o Risk MAP. FEMA mantiene y actualiza los datos a través de los mapas de Inundación y las evaluaciones de riesgos. https://msc.fema.gov/portal/home

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Mapa de Zonificación de Suelos

Mapa de Zonificación de Suelos file Regresar Este instrumento de planificación es la base para la planificación local mediante los planes de ordenación territorial (POT) de los municipios, los cuales clasifican y califican el territorio conforme al Código Municipal por un término de 8 años. El suelo urbanizable se subdivide en suelo urbanizable programado (SUP) y suelo urbanizable no programado (SUNP). El suelo rústico, se subdivide en suelo rústico común (SRC) y suelo rústico especialmente protegido (SREP), y a su vez es subdividido nuevamente conforme al valor identificado en: suelo rústico especialmente protegido ecológico (SREP-E), suelo rústico especialmente protegido agrícola (SREP-A), suelo rústico especialmente protegido hídrico (SREP-H) y suelo rústico especialmente protegido paisaje (SREP-P). El Plan de Uso de Terrenos (PUT 2015) es el instrumento de planificación que rige a nivel macro la política pública sobre el uso de los terrenos en Puerto Rico, su desarrollo y conservación en un término de 10 años. El PUT divide el suelo conforme a sus características y valores, existentes y potenciales, mediante tres (3) categorías básicas establecidas en el Código Municipal (Ley 107-2020): suelo urbano (SU), suelo urbanizable y suelo rústico. El Plan de Uso de Terrenos proporciona un marco de referencia para volver a alinear y mejorar los planes, programas y procedimientos de las agencias estatales para alcanzar sus metas y objetivos. No está diseñado para utilizarse por las entidades estatales para contradecir las regulaciones estatales vigentes y los procedimientos de autorización.

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Sistema de Información Geográfica (GIS)

Sistema de Información Geográfica (GIS) file Regresar El Sistema de Información Geográfica (SIG o GIS en inglés) es un conjunto de métodos, herramientas y datos que están diseñados de forma coordinada para almacenar y analizar en forma geográfica y visual la información, con el fin de satisfacer múltiples propósitos y necesidades para la toma de decisiones. Este sistema combinado con Imágenes de Satélites y Fotografía Aérea Digital ofrece un servicio de inventario terrestre de todo el territorio que compone al Municipio Autónomo de Guaynabo. De esta forma se obtiene mapas digitalizados y actualizados para brindar un mejor servicio para los diversos proyectos, desarrollos y planes del Municipio. Las capas de información geográficas (Layers) se representan por puntos, polígonos o líneas. Al combinarlos podemos visualizar el mundo real y donde están localizados cada uno en relación a otros.

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Programas de Recuperación

Programas de Recuperación file Regresar ¿Qué es el Programa de Asistencia Pública (FEMA)? FEMA provee fondos de Asistencia Pública (PA) para ayudar a las agencias gubernamentales, gobiernos municipales y ciertas organizaciones sin fines de lucro a reparar propiedades dañadas y a recuperarse de las pérdidas causadas por desastres naturales. Nuestra oficina ofrece orientación y asesoramiento en las áreas administrativas y gerenciales del Municipio sobre toda la documentación a radicar en asuntos relacionados a la reclamación de daños por impacto de eventos ante la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés); y la Oficina de Recuperación, Reconstrucción y Resiliencia (COR3). Incluimos enlaces en donde pueden acceder a información relevante al Programa de Asistencia Publica y los Datos actualizados sobre la Recuperación de Puerto Rico para los Desastres #4339 (Huracán Maria) y #4671 (Huracán Fiona): https://www.fema.gov/es https://recovery.pr.gov/es Mapa Interactivo COR3 De necesitar información adicional favor de contactarnos al 787-720-4040 Ext 6198 ó 6197 ¿Qué es el Programa de CDBG-DR? Los fondos de recuperación de la Subvención en Bloque para el Desarrollo Comunitario – Recuperación de Desastres (CDBG-DR, por sus siglas en inglés), ayudan en la recuperación de los desastres causados por los huracanes Irma y María de 2017; esto incluye la recuperación a largo plazo, la restauración de vivienda, infraestructura económica y la revitalización. Por su parte, los fondos de mitigación CDBG-MIT para fortalecer a la Isla antes los riesgos que enfrenta por su localización en el Caribe. Nuestra oficina ofrece orientación y asesoramiento en las áreas administrativas y gerenciales del Municipio sobre toda la documentación a radicar ante el Departamento de la Vivienda bajo los Fondos de Recuperación ante Desastres (CDBG-DR) y en cualquier otro asuntos relacionado al los proyectos aprobados: CITY REVITALIZATION PROGRAM –Mejoras Geométricas y Puente Peatonal sobre la PR-199, Int. Avenida Cecilio Urbina CITY REVITALIZATION PROGRAM –Estacionamiento Multipisos en Coliseo Mario Quijote Morales Incluimos enlaces en donde pueden acceder a información de los diferentes programas o actividades CDBG-DR. Recuperación – CDBG/MIT (pr.gov) Programas – Recuperación Fondos CDBG-DR/MIT Portal de Transparencia – Recuperación Fondos CDBG-DR/MIT (pr.gov) De necesitar información adicional favor de contactarnos al 787-720-4040 Extú 6308

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Escorrentías

Escorrentías file Regresar ¿Que es Aguas de Escorrentías? Se trata de las aguas de lluvia que fluyen superficialmente hacia los cuerpos de agua, a través del terreno o de canales artificiales como alcantarillas, cunetas, canalizaciones, etc. Situaciones de contaminación a las Aguas de Escorrentías Los gobiernos de los municipios pueden declarar cualquier propiedad dentro de su territorio que cumpla con la definición de arriba como un estorbo público. ¿De dónde sale esta información? Descarga de sedimentos (erosión de suelos). Acumulación de basura. Descarga de aguas contaminadas (salideros de pozos sépticos, aceites, pinturas, otros). Alteraciones del terreno (construcciones) que impacten negativamente el patrón de drenaje de las aguas de lluvia (cambio de curso, obstrucción, etc.). El 17 de enero de 2017, la EPA le otorgó al MAG el permiso NPDES-PR040016 para realizar el Plan para el Manejo de Aguas de Escorrentías y velar por su cumplimiento. Este Plan busca prevenir la contaminación de las aguas de lluvia que corren a través de la superficie hacia los cuerpos de agua. La EPA exige el cumplimiento de lo siguiente: Promoción y Educación de la ciudadanía. Intervención en el desarrollo de proyectos municipales. Intervención en el desarrollo de proyectos privados. Atención a Querellas e Inspección. Implementación: multas, cobro, entre otros. Si entiendes que existe una situación de contaminación, favor de comunicarse al: (787) 720-4040 Ext. 6601 ó 6496. También puedes realizar querella a la siguiente dirección: planningservices@guaynabocity.gov.pr

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Estorbos Públicos

Estorbos Públicos file Regresar ¿Qué es un Estorbo Público? Estorbo es una estructura abandonada o un solar abandonado, yermo o baldío, que es inadecuada para ser habitada o utilizada por seres humanos porque está en condiciones de ruina, falta de reparación, defectos de construcción, o que es perjudicial a la salud o seguridad del público. Algunas condiciones que provocan que una propiedad sea declarada estorbo público incluyen: Defectos en la estructura que aumentan los riesgos de incendios o accidentes; Falta de ventilación adecuada o facilidades sanitarias; Falta de energía eléctrica o agua potable; Falta de limpieza. Ninguna propiedad es un estorbo hasta tanto se le haya declarado como tal. ¿Quién puede declarar una propiedad como un estorbo público? Los gobiernos de los municipios pueden declarar cualquier propiedad dentro de su territorio que cumpla con la definición de arriba como un estorbo público. ¿De dónde sale esta información? Este contenido hace referencia al Código Municipal de Puerto Rico, Ley Núm. 107 de 13 de agosto de 2020, según enmendada. Para mas información o realizar una querella de estorbo público favor de escribirnos a: planningservices@guaynabocity.gov.pr y/o llamar al (787) 720 – 4040 Exts. 6516 ó 6517 Estorbos Públicos Reglamento Procedimiento de Declaración Estorbo Público Procedimiento para adquirir unidad declarada Estorbo Público

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