Vivienda
Departamento de Vivienda
Programa de Rehabilitación y Construcción de Vivienda nos permite ayudar a la familia para la rehabilitación o construcción de sus viviendas a través de la otorgación de materiales, orientación y ayuda con los planos de construcción y con los Permisos requeridos según sea el caso.
- Se le otorgan materiales a las familias cualificadas que cuentan con la mano de obra.
- Se ayuda con los planos de construcción.
- Se brinda orientación y ayuda con los trámites de permisos.
- En situaciones de extrema necesidad se le otorga la mano de obra con brigadas municipales.
Para recibir cualquiera de los servicios que el Departamento ofrece, el solicitante deberá cumplir con los siguientes criterios básicos:
- Ser residente permanente del Municipio de Autónomo de Guaynabo por los pasados 3 años.
- Personas en desventaja económica.
- Toda persona que solicite los beneficios de este Programa, deberá traer evidencia que certifique que es propietario del terreno donde se localiza la vivienda a rehabilitarse o a construirse.
- De no estar la vivienda enclavada en la propiedad del solicitante, deberá presentar una autorización escrita y juramentada (affidavit) por el dueño del solar, en la cual autoriza a construirse y a permanecer por lo menos ocho (8) años en la propiedad a construirse o a rehabilitarse.
- En los casos de solicitar una ayuda para rehabilitación y no tener titularidad del terreno, pero sí más de 20 años viviendo en dicha estructura, tendría que presentar una declaración jurada donde certifique dicha información. En los casos de nueva construcción o rehabilitación total de vivienda, se requerirá en adición una autorización mediante declaración jurada del dueño del terreno.
Criterios de Elegibilidad
Para determinar la elegibilidad de aquellos participantes que recibirán ayuda del Programa de Rehabilitación y Construcción de Vivienda Municipal, se utilizará la tabla vigente de niveles de ingresos moderados del Departamento de Vivienda Federal (HUD), ajustada por componente familiar. Y otros requisitos de acuerdo a la entrevista inicial.
Causas para no ser elegible
- Solicitante no es residente de Guaynabo o no ha sido residente durante los últimos tres (3) años.
- Que el solicitante sea inquilino.
- Que la ayuda solicitada sea para una segunda vivienda del solicitante o el solicitante posea más de una propiedad.
- Que los ingresos familiares sean mayores de los permitidos por este Reglamento;
- Que la condición de la vivienda no amerite mejoras o reparaciones;
- Que la unidad de vivienda se encuentre en un área de alto riesgo o área propensa a inundaciones, según el mapa de cien (100) años de FEMA, o propensa a derrumbes por causas no naturales.
El Programa Por Mis Viejos provee la integración de agencias municipales para brindar servicios a nuestra población de envejecientes, con el fin de mejorar la calidad de vida brindando servicios y reparaciones menores directos en su hogar.
Criterios de Elegibilidad
- Ser residente del Municipio de Guaynabo durante los últimos tres (3) años.
- Ser una persona de sesenta (60) años de edad en adelante o con alguna condición física limitante certificada.
- En caso de no tener titularidad deberá presentar declaración jurada explicando la situación.
Programa de Vivienda Propia nos permite desarrollar e implementar acciones concretas para mitigar la necesidad de vivienda de interés social en nuestra ciudad.
La provisión de viviendas salubres, confortables y seguras para nuestras familias de escasos recursos permanece como una de las prioridades de esta administración municipal.
Nuestro propósito es mejorar el ambiente y las condiciones de vivienda en los sectores más necesitados del municipio. El Programa de Vivienda Propia tomará en entre otras consideraciones los siguientes factores:
- Áreas con un alto riesgo de inundación y/o deslizamientos de terrenos.
- Comunidades densamente pobladas donde las condiciones de vida de los residentes sean deficientes y las estructuras en las que viven sean consideradas como inseguras con deficiencias en los servicios básicos y propensas a la devastación por ocurrencias de fuego, huracanes o cualquier otro acto catastrófico de la naturaleza.
- Condiciones donde la seguridad de nuestros residentes esté en riesgo.
- Otras razones que sean justificadas.